viernes, 1 de febrero de 2008

Sanción a la SGAE de 60.000 euros por grabar una boda

LA GRABACIÓN SE REALIZÓ SIN PERMISO DE LOS CONTRAYENTES

La AEPD sanciona a la Sociedad General de Autores y Editores con 60.000 euros por grabar una boda
28/12/2007 Fuente: www.internautas.org

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha impuesto a la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) una sanción de 60.101 euros por haber violado el derecho constitucional a la intimidad y a la imagen de los asistentes a una boda en San Juan de Aznalfarache (Sevilla).

La multa responde a lo sucedido en julio de 2005, cuando un detective privado contratado por la SGAE grabó un vídeo de la celebración de una boda en el salón "La Doma de San José", sin permiso de los contrayentes, con el fin de exigir al local el pago correspondiente por derechos de autor al emitir éste piezas musicales.

Grabado "a escondidas"

La resolución, que la SGAE recurrirá, sostiene que la intromisión en la celebración del enlace matrimonial fue "ilegítima", ya que la grabación se realizó "a escondidas". Esta prueba ya fue desestimada por el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Sevilla, aunque condenó al local a pagar más de 43.000 euros en concepto de derechos de autor por la música que programaba en sus instalaciones.

Ante estos hechos, el abogado que representa los intereses del salón “La Doma de San José” ha cuestionado que "si para obtener una recaudación de 40.000 euros, la SGAE se ve condenada a pagar 60.000, ¿qué clase de gestión lleva a cabo esa entidad?".

Por su parte, la SGAE planteará un recurso de reposición ante la AEPD, por considerar que no respeta la declaración que sobre este particular pronunció la Audiencia Provincial de Sevilla, de fecha 21 de noviembre de 2006, que condenó al local.

No hay comentarios: